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viernes, 30 de mayo de 2025

Ley 1620 del 2013

La ley 1620 de 2013

El objetivo de esta ley es contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural. Se enfoca en la información para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad, y la prevención y mitigación de la violencia escolar.

En el marco de esta ley se entiende por:

  -Competencias ciudadanas

  -Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos

  -Acoso escolar o bullying

  -Ciberbullying o ciberacoso escolar

Principios del Sistema. Son principios del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar: 

 Participación, corresponsabilidad, autonomía, diversidad y la  integralidad hacen parte de los principios del sistema que busca aplicar esta ley

Estructura del Sistema. El Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar tendrá una estructura constituida por instancias en tres niveles: Nacional, Territorial y Escolar, liderados por el sector educativo:   

- Nacional: Integrado por el Comité Nacional de Convivencia Escolar. 

  

- Territorial: Integrado por los comités municipales, distritales y departamentales de convivencia escolar, según corresponda. 

  

- Escolar: Integrado por el comité de convivencia del respectivo establecimiento educativo. 





Nombre: Danna Camila Correa Carvajal.









 

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